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Residencia fiscal y fiscalidad

Optimización Fiscal de Jubilación Para Residentes y Estadounidenses en el Extranjero

19/02/2021 8:00:00
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Muchos residentes y estadounidenses en el extranjero desean proteger parte de sus activos contra cualquier reclamación de posibles acreedores, excónyuges y otros. Del mismo modo, para muchos ciudadanos estadounidenses es importante que los impuestos puedan minimizarse legítimamente. Afortunadamente, en Mundo disponemos de un plan muy adecuado que cumple estos requisitos.


¿De qué se trata el plan?

El Plan de Jubilación Internacional (IRP) está totalmente aprobado por el gobierno de EE. UU. y su Servicio de Impuestos Internos (IRS). El plan es un Plan de Jubilación de Contribución Definida que proporciona beneficios de jubilación al miembro en forma de un pago único y/o un flujo de ingresos de por vida.

La palabra "jubilación" es un poco engañosa, ya que es aceptable "retirar" dinero en efectivo libre de impuestos a los 55 años y en cualquier momento después de esa edad (y de cualquier nivel de ingresos) sin "jubilarse", es decir, es posible seguir trabajando en la capacidad que sea necesaria.

El plan también crea una protección de los activos en caso de que surjan reclamos por parte de acreedores, excónyuges, disputas patrimoniales por divorcio, entre otros. Por lo tanto, los activos transferidos al plan gozan de un alto nivel de protección. Con esto, el "miembro" del plan y sus dependientes/beneficiarios gozan de un sólido nivel de seguridad.

Las aportaciones suelen realizarse a partir de los ingresos después de impuestos o del capital personal. El plan no permite traspasos desde planes de jubilación en los que los afiliados hayan recibido un descuento o incentivo fiscal por las aportaciones a ese plan.

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Plan basado en un contrato 

Al ser admitido en el plan, el afiliado recibirá un Certificado de Afiliación, el Reglamento del Plan y las Prestaciones Clave que, en conjunto, constituirán el contrato. Existen ventajas fundamentales:

  1. No hay límites máximos de aportación. El plan puede establecerse con transferencias desde acuerdos de inversión existentes y esto puede ser sobre la base de una suma global. No hay obligación de realizar más aportaciones, pero éstas pueden realizarse siempre que se requiera.
  2. Cuenta de "jubilación" con impuestos diferidos.
  3. A partir de los 50 años se pueden obtener beneficios de jubilación fiscalmente eficientes en forma de una suma global inicial de hasta el 30% del valor, no sujeta a impuestos federales (si se es residente en EE. UU., esta edad será probablemente los 55 años). Y, como ya se ha dicho, "jubilación" es un término relativo, ya que es posible seguir trabajando.
  4. Reducción directa de los ingresos. Si, por casualidad, usted reside posteriormente en una jurisdicción de baja tributación, entonces podría descubrir que gran parte de lo que retira también está libre de impuestos.
  5. Cumple con los requerimientos del IRS.
  6. La protección frente a los acreedores, un cónyuge que se divorcia y cualquier otro demandante estaría muy presente tanto para el miembro del plan como para sus dependientes/beneficiarios.
  7. Opciones multi-divisas: los fondos de jubilación pueden estar denominados en monedas distintas al dólar.
  8. Portabilidad: los individuos que han dejado su país de origen pueden residir en varios lugares diferentes mientras su plan permanece ubicado en una única jurisdicción fiscalmente eficiente.
  9. Una estructura de comisiones bajas y transparentes.
  10. Estructura corporativa abierta para las inversiones.


¿Quién puede ser miembro del plan?

Podrá ser partícipe del plan cualquier persona física mayor de 18 años, siempre que, a la edad de 75 años, haya cobrado su importe a tanto alzado fiscal de hasta el 30% del valor del plan y/o perciba una renta periódica.


Aportaciones

Los partícipes podrán realizar aportaciones únicas y/o periódicas con cargo a sus ingresos fiscales o a su capital personal. Las aportaciones pueden realizarse en efectivo o mediante transferencia de activos.


Opciones de moneda

Los afiliados pueden elegir que el plan se establezca en dólares estadounidenses o en otras monedas. Los afiliados también pueden elegir recibir las prestaciones en una moneda que se ajuste a sus gastos en su país o en el inminente nuevo país de residencia.


¿Qué asesoramiento se requiere antes de que un solicitante sea aceptado en el plan?

El plan puede recibir valores de transferencia en efectivo de cualquier tipo de plan de jubilación registrado, excepto si el afiliado ya ha adquirido una renta vitalicia de seguro.

Las transferencias en especie se consideran caso por caso siempre que se proporcione una valoración independiente de dichas transferencias, a menos que los activos se negocien en una bolsa de valores reconocida.


¿Cuánto se puede aportar al plan?

Se pueden realizar aportaciones iniciales de un mínimo de 65.000 dólares y los afiliados pueden seguir realizando aportaciones adicionales, sujetas a un mínimo de 25.000 dólares (o su equivalente en otra moneda elegida) al año o según se acuerde de vez en cuando.


¿Cuándo pueden cobrarse las prestaciones del plan?

Las prestaciones pueden comenzar cuando el afiliado cumpla la edad estipulada por la legislación de su país de residencia y/o domicilio, siempre que no sea antes de los 50 años. Sin embargo, si antes de cumplir la edad correspondiente el afiliado queda incapacitado, es posible que las prestaciones se paguen antes.

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¿Qué opciones de prestaciones ofrece el plan?

Suma global

El importe máximo de la suma global que se puede retirar del plan es el 30% del valor total del plan. Los pagos se abonan libres de impuestos. No obstante, los afiliados deben asesorarse en la jurisdicción en la que residen para determinar el tratamiento fiscal de cualquier suma global. El resto del valor del Plan debe utilizarse para proporcionar un flujo de ingresos al afiliado. 

El pago único sólo está disponible para el afiliado a partir de los 50 o 55 años de edad y debe tomarse en el plazo de un año a partir de la fecha de inicio del pago de las prestaciones.


Reducción de ingresos

La reducción de ingresos puede pagarse al afiliado durante toda su vida o hasta que se agote el valor del plan.


¿Qué prestaciones por fallecimiento son pagaderas?

Las prestaciones descritas a continuación pueden estar sujetas a impuestos según la legislación del país de residencia del afiliado. Si el valor del plan no se ha utilizado en su totalidad en el momento del fallecimiento del afiliado y le sobreviven una o más personas a su cargo u otros beneficiarios designados, el plan proporcionará una suma global inmediata en efectivo (el saldo del valor del plan) a las personas a cargo del afiliado u otros beneficiarios designados.

Si el afiliado fallece sin que le sobrevivan una o más personas a su cargo ni otros beneficiarios designados, los fideicomisarios del plan ejercerán su discreción con respecto a la distribución de los importes restantes del plan.


¿Cómo nombra el afiliado a las personas a las que desea beneficiar luego de su muerte?

En vida, el afiliado puede modificar en cualquier momento y por escrito su lista de personas a cargo u otros beneficiarios designados para reflejar un cambio en sus circunstancias o deseos, y también puede especificar en cualquier momento y por escrito cuáles de sus personas a cargo u otros beneficiarios designados deben recibir las prestaciones en caso de fallecimiento.

A través de nuestros socios, usted puede recibir la mayor optimización fiscal posible incluso si es un residente estadounidense. Muchas empresas huyen de los clientes estadounidenses, pero nosotros no. Póngase en contacto ahora mismo y le presentaremos a nuestros expertos.

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