Ley 120-13 deja afectada la imagen de Panamá
Cuarteta compuesta por Ramón de Campoamor y que me llega a la memoria con la inexplicable actuación del gobierno panameño en que la aprobación de la ley 120-13 deja afectada la imagen de Panamá con amplias repercusiones, tanto para su economía como para la confianza en su sistema legal, de una manera tan subrepticia como escandalosa, que fueran manipulados los congresistas como títeres y sin tomar en cuenta la estela dejada a su paso.
Es que no se trata de burdas políticas clientelistas en tiempo de elecciones, es la imagen del País la afectada, reproduzco párrafos del diario la Prensa, con lo que estoy de acuerdo, pues: “Un análisis certero de lo ocurrido no es tarea fácil: desde la forma inconstitucional en que se aprobó la ley hasta los efectos económicos negativos de la misma, pocas palabras podrán describir las consecuencias inestimables que enfrentará el país producto de este error.
El
primer golpe viene en cuanto a la forma en que se aprobó la medida. En
ese momento, la Asamblea Nacional se encontraba en sesiones
extraordinarias, lo cual limita el tipo de leyes que pueden discutir a
aquellas que sean sugeridas por el Ejecutivo mediante un proceso de
convocatoria.
Ley 120-2013 Muerte del «Paraiso fiscal» en Panamá
Antes de entrar en materia, un saludo afectuoso a los seguidores y relacionados de MundoOffshore en este nuevo año, y que el todopoderoso nos ayude a completar las tareas pendientes y cumplir las metas trazadas. A nivel personal pido salud, por lo que informo que no era por vacaciones que estuve alejado, sino que he estado postrado en cama debido a un accidente del cual me recupero satisfactoriamente.
Pero
más conmocionado me he sentido al conocer la noticia que les hago
partícipe, ha sido la sorpresiva ley aprobada en Panamá que grava las
rentas extraterritoriales, es decir que sin aviso, sin debates previos,
como último regalo de navidad las autoridades aprobaron y publicaron en
la gaceta oficial 27443-A la LEY 120-2013. (Transcribo los párrafos de la ley para connotar la implicación de tan pocas palabras a las graves consecuencias)
IBC – ¿Nevis o en Panamá?
Vamos a establecer vínculos entre Nevis y Panamá. La jurisdicción de St, Kitts Y Nevis ofrece facilidades comparables a Panamá en la domiciliación de sociedades internacionales de negocios IBC, ofrece gran flexibilidad y anonimato a las sociedades inscritas en esta jurisdicción. Las IBC de St. Kitts y Nevis son compañías especiales que gozan de muchas más ventajas que cualquier sociedad onshore u offshore, ésta jurisdicción ofrece las leyes societarias más finas del mundo como por ejemplo:
Libres de impuestos: Las sociedades IBC de St, Kitts Y nevis están exentas de impuestos, no hay impuestos sobre dividendos, ingresos, distribución de capital, salarios y así sus ingresos podrán crecer y no pagar ningún tipo de impuesto.
No
necesita estar presente: No se requiere la presencia física en el país
para poder abrir una sociedad, cuenta bancaria, firmar contratos en
inversión todo puede ser tramitado por el agente residente, con su
autorización y cumplir con la leyes de St. Kitts y Nevis, y también los
requisitos que son tener por lo menos un accionista, tres directores (a
menos que la IBC tenga menos de tres accionistas), un agente registrado y
el pago de la tarifa anual.
¿Por qué Panamá? Facilidades para invertir en el país canalero
Ubicada entre Costa Rica y Colombia, Panamá se caracteriza básicamente por su estabilidad política, su fortaleza económica, tener bajos impuestos y ofrecer una buena infraestructura y red de comunicaciones, conocido como Hub de las Americas.
El costo de la vida es bajo, especialmente si lo comparamos con países del hemisferio norte y Europa. Además, según el Banco Mundial, Panamá tiene el PIB per cápita más alto de la región centroamericana.
Con
unas tasas de impuestos directos notablemente más bajas que en Europa o
Norteamérica, Panamá ofrece un sistema fiscal basado en el territorio.
De esta forma, las compañías y personas físicas están sujetas a la regla
de impuesto territorial siendo el único ingreso gravable el derivado
dentro del territorio de Panamá. Esto se aplica tanto para ingresos
personales como para ingresos corporativos, no se cobran impuestos por
ganancias provenientes del extranjero.
El registro de marcas en Panamá
El registro de marcas en Panamá es un signo distintivo, producto o servicio en el mercado registrado legalmente, para identificar de manera exclusiva uno o varios productos comerciales o servicios. El registro de marcas está protegida por las leyes correspondientes, que puede usarse de manera única.
Una marca registrada determina la identidad gráfica/física/operativa de un producto o servicio. Incluye elementos gráfico-visuales propios que diferencian el artículo de sus competidores, proporcionándole cierta identidad en el sector comercial.
El registro de marca en Panamá se realiza en la Dirección General del Registro de Propiedad Industrial (DIGERPI) organización dependiente del Ministerio de Comercio e Industria. Cuando decidas registrar una marca en Panamá, lo primero que tienes que hacer es realizar un estudio de viabilidad de marca, para evitar en la medida de lo posible la desestimación por la existencia de derechos anteriores.
En el
caso que no se posea un lugar de residencia en Panamá para personas,
física o jurídica, es necesario contar con un representante legal
debidamente firmado y autorizado ante un notario e incluir apostilla de
la Haya para titulares de marca, que sea una persona jurídica, esta
autorización debe ser firmada por una persona con rango suficiente para
tal caso.
Cryptohippie Inc. Panamá, una empresa creada para triunfar
Vamos a conocer Cryptohippie Inc. Panamá, ¿De qué se trata? ¿Cómo puede ser útil? -facilitaremos la información a fin de que usted esté actualizado, lo conozca a fondo y descubra todo lo que le puede ofrecer.
Cryptohippie
Inc. Panamá se trata de un suministrador especializado en servicios de
seguridad de comunicaciones, que opera a nivel mundial, para proteger
las comunicaciones y los datos de sus clientes. Respaldado por los años
de experiencia, su principal área de atención se centra en las
organizaciones internacionales, los equipos globalmente distribuidos y
seguros, con niveles elevados de la intimidad y la necesidad de
confidencialidad. Ofreciendo servicios de tecnología innovadora en
seguridad, para un grupo selecto de organizaciones en los Estados Unidos
y la Unión Europea.
Costa Rica Y Panamá, sus secretos
Recientemente se publicó un informe sobre circulación de capitales ilícitos por Global Financial Integrity. El citado informe destacó que entre 2001 y 2010, el flujo de dinero ilícito en Costa Rica alcanzó los 64 mil millones de dólares, mientras que en Panamá ese movimiento sumó los 40 mil millones de dólares.
Para que se hagan una idea de lo que representa este movimiento de capitales ilícitos en la economía de los citados países. En Costa Rica y Panamá fue superior al 10% de sus respectivos Productos Internos Brutos.
En cuanto al secreto financiero, el Indice de Secretismo Financiero (FSI) de Tax Justice Network listó a nivel mundial las “jurisdicciones opacas” encabezando la lista: Suiza, las Islas Caimán, Luxemburgo y Hong Kong. Por su lado, en cuanto a los países de la región centroamericana, Panamá figura en el número 14 en la lista de «jurisdicciones opacas», seguido por Costa Rica en el 41.
Se
cifra en que cada año los gobiernos de todo el mundo pierden en
impuestos alrededor de 250 mil millones de dólares, solo como
consecuencia de que los más ricos mantengan sus activos en paraísos
fiscales.
Panamá, el lugar ideal para su empresa
Panamá es un país con una mentalidad dirigida al sector servicios, que promueve el comercio internacional. Un país estable política, social y económicamente, que proporciona las leyes que promueven y garantizan las inversiones.
El Gobierno Nacional, con el apoyo del sector privado, creó la Ley 41 en Agosto de 2007 (modificada por la Ley 45 del 10 de agosto de 2012), para proporcionar las condiciones necesarias para que el país se convirtiera en un destino ideal para que las multinacionales se establezcan en Panamá.
Este
régimen fue concebido con la intención de atraer y promover las
inversiones, la generación de empleo y la transferencia de
conocimientos, teniendo como principales ventajas la privilegiada
ubicación geográfica del istmo, un reconocido centro financiero mundial,
y una excelente infraestructura física para el manejo de las
comunicaciones, las condiciones extremadamente favorables para el
establecimiento de este tipo de empresas.
Panamá, un buen clima para los negocios
En los últimos años, Panamá se ha convertido en un atractivo para compañías e inversionistas de todo el mundo. Su popularidad es fruto de un entorno comercial atractivo, una conveniente localización, unas buenas credenciales democráticas y un sistema bancario estable.
Deben aprovecharse las oportunidades que brindan la posición geográfica, la logística y el acceso a nuevos mercados que desde aquí se pueden alcanzar. Panamá es un mercado relativamente pequeño, pero ello le conduce a abrirse más a los nuevos negocios o a segmentos que no son su especialidad.
Además,
existen leyes o ventajas para que las empresas extranjeras hagan
negocios en el país. Y si bien es cierto que estamos ante un país
destinado a ofrecer servicios, desde hace varios años se aprecia un
aumento significativo en el sector industrial debido principalmente al
auge del sector de la construcción.
Panamá – Residencia para personal contratado por empresas bajo contrato con el gobierno
Personal extranjero contratado por empresas bajo contrato con el gobierno
La vigencia de los permisos de residente temporal por razones laborales será por períodos anuales hasta un total de seis (6) años.
2.PERSONAL EXTRANJERO CONTRATADO POR EMPRESAS BAJO CONTRATO CON EL GOBIERNO.
La contratación de estos extranjeros debe cumplir con los porcentajes de contratación de extranjeros establecidos en esta reglamentación ya sea dentro del 10% del personal ordinario o dentro del 15% del personal especializado, según sea el caso.
Sólo se aceptan las solicitudes de empresas que tengan un contrato directo con el Estado, bajo esta subcategoría no se aceptarán solicitudes de empresas subcontratadas. En los casos en que se trate de oficios o profesiones reservadas por Ley a los nacionales o con Leyes Especiales, deberán cumplir con dichas normas y aportar las autorizaciones respectivas.
Tiempo de estadía en Panamá:
Para obtener la residencia temporal, se requiere la siguiente presencia en Panamá:
- Visita inicial: de 5 a 15 días hábiles, la duración depende de la situación específica, de lo que se necesita hacer. Como resultado, el solicitante puede retirarse con el carnet de trámite de residencia temporal (por supuesto, solo si se cumplen todos los requisitos).
- Segunda visita: 2-3 días, después de 2-3 meses. Como resultado, el solicitante puede retirarse con el carnet de residencia temporal y la resolución emitida por el servicio nacional de migración.
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