Relájese en la playa sabiendo que sus activos y su familia están a salvo gracias a la Fundación beliceña

Las fundaciones también son una excelente herramienta para la protección de activos. En general pasan desapercibidas y esto es realmente sorprendente. Combinan lo mejor de las IBC y los fideicomisos.

La estructura es similar a la de un fideicomiso en muchas maneras. Ambas persiguen los mismos objetivos y son estrategias atractivas para quienes estén interesados en invertir en el extranjero y preservar sus activos para las generaciones venideras.

Uno de los aspectos claves de esta legislación es que protege la privacidad de los documentos involucrados en la creación y mantenimiento de la Fundación. Esta privacidad es una de las ventajas más atractivas de este tipo de estructura.

La Fundación tiene elementos de la compañía y el fideicomiso. En términos de organización y protección legal, la Fundación internacional es similar a una compañía. Se establece de manera análoga y recibe el mismo tipo de protección y privacidad. Sin embargo, una Fundación internacional es una entidad legal separada que puede ser supervisada por el contribuyente y está diseñada para sus beneficiarios. En lo que esto respecta, es muy similar a un fideicomiso.

Con esta Fundación usted obtiene lo mejor de los dos mundos, con impuestos de 0% y flexibilidad corporativa. Cuando decimos que Belice es la jurisdicción más subestimada en cuanto a protección de activos, lo decimos en serio.

Usted puede establecer una Fundación internacional en Belice en favor de los beneficiarios, el fundador o ambas partes. Esta flexibilidad hace de esta estructura una opción ideal para todo tipo de individuos, inversores e incluso compañías. Es un híbrido entre una compañía y un fideicomiso y un elemento esencial en la planificación del patrimonio.

Un claro beneficio de la Fundación internacional beliceña es cómo contribuye al proceso de planificación. Al establecer su estructura, usted puede preocuparse por dos aspectos: la preservación de los activos y la facilidad de transferencia a los herederos. Ambos elementos son posibles a través de una Fundación internacional de Belice.

En primer lugar, al transferir los activos a la Fundación, dejan de ser propiedad del fundador y están protegidos legalmente de todo el mundo. De manera similar, mientras se encuentren bajo la autoridad de la Fundación no son propiedad de los beneficiarios. Por consiguiente, los activos pueden expandirse, aumentar de valor o mantenerse protegidos por el tiempo que sea necesario. 

Para quienes estén pensando en su futuro, este tipo de estructuras son cruciales. Usted puede comenzar a planear y preservar sus activos sin tener que transferirlos a terceros. Puede tomarse todo el tiempo que quiera disfrutando de la tranquilidad de saber que tiene una estructura lista para cuando usted la necesite.

Beneficios Fiscales de una Fundación Internacional de Belice

Aunque hay muchos motivos para establecer una Fundación internacional, no hay dudas de que el beneficio sustancial es la reducción tributaria. Los individuos de alto patrimonio neto están expuestos a impuestos titánicos a menos que tengan una estrategia adecuada. Crear una Fundación internacional reduce la exposición fiscal de forma efectiva y legal.

Cuando usted deposita sus activos en una Fundación internacional, dejan de ser suyos. En consecuencia, no debe pagar impuestos por ellos. Lo mismo se aplica a los beneficiarios, que tampoco están sujetos a tributación.

En Belice, todos los activos bajo la propiedad de una Fundación estarán protegidos de varios impuestos, como por ejemplo:

-Impuesto corporativo

-Impuesto sobre la renta

-Impuesto sobre la retención

-Impuesto sobre el sellado

-Impuesto sobre la ganancia de capital

-Impuesto sobre la herencia

-Impuesto sobre los activos

-Impuesto sobre las ganancias

En resumen, una Fundación internacional actúa como escudo para sus activos. Ya que no están sujetos a tributación, estos pueden aumentar su valor sin riesgos.

Si usted quiere evitar la erosión impositiva, una Fundación internacional es la estructura ideal para usted.

Cómo Establecer una Fundación en Belice

Primero lo primero: piense en un nombre para su Fundación. El nombre no puede estar en uso en Belice y debe terminar con la palabra “Fundación” o una variación de la misma.

Luego deberá transferir sus activos y redactar una carta de fundación. Esta debe incluir información relevante como los beneficiarios designados, propósito de la Fundación y el nombre y la dirección del agente de registro.

Una vez preparados los estatutos, podrá registrar oficialmente su Fundación en el país. Dentro de los 30 días luego de la solicitud, su institución será incluida en el Registro de Fundaciones Internacionales. También recibirá un número de registro oficial y obtendrá un certificado de establecimiento.

Hay varios participantes clave en el establecimiento de una Fundación Internacional. En primer lugar, tenemos al fundador o la persona que la crea. También puede haber un Consejo conformado por varios miembros. Luego tenemos a los beneficiarios y finalmente al agente local de registro o secretario de la Fundación que opera desde Belice.

¿Qué Diferencia a una Fundación Internacional de un Fideicomiso?

El Acta de Fundaciones Internacionales de Belice (2010) constituye un complemento valioso a los productos que este país ofrece a sus clientes internacionales.

Históricamente, los individuos provenientes de países con sistema de derecho anglosajón, como Belice, siempre han usado los fideicomisos para proteger sus activos y gestionar su patrimonio. Los fideicomisos también son usados para propósitos humanitarios. En las jurisdicciones de derecho continental, las fundaciones se usan para propósitos similares y se consideran las alternativas continentales de un fideicomiso.

La diferencia fundamental entre un fideicomiso y una Fundación es que la última consiste en una entidad legal creada (y fundada) por el fundador y gestionada por el Consejo de la Fundación de acuerdo con la carta de Fundación. Esta especifica los propósitos de la entidad ya sean personales, humanitarios o no humanitarios.

El Consejo responde a la Fundación en sí misma, el fideicomiso, por otra parte, representa tan solo una relación entre el fideicomisario, fideicomitente y los beneficiarios. En este caso, el fideicomitente transfiere los activos al fideicomisario para el beneficio de los beneficiarios, de acuerdo con la escritura fiduciaria. El fideicomiso no es una entidad legal. Los fideicomisarios son responsables directamente por los beneficiarios quienes tienen el derecho de iniciar acciones legales contra ellos de ser necesario.

Las fundaciones se están volviendo cada vez más populares entre los clientes internacionales y las jurisdicciones en los centros financieros más importantes están implementando legislaciones para regular estas estructuras. La nueva legislación beliceña se basa en la legislación más reciente de Anguila, Antigua y las Bahamas, y en legislación previa de Panamá y la Isla de Man. Esta legislación intenta reunir los puntos más importantes de todas las demás. Por lo tanto, los principios aplicados son fáciles de reconocer para clientes internacionales que estén acostumbrados a dichas estructuras.

El acta de la Fundación Internacional se aplica solo en el caso de los no residentes. El fundador y cada beneficiario deben ser no residentes. La Fundación no puede tener propiedades inmobiliarias ni directa ni indirectamente en Belice.

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¿Qué Más Debería Saber Sobre una Fundación Internacional Beliceña? 

-Una Fundación internacional formada en Belice es una entidad independiente. Puede mantener activos bajo su propio nombre sujeta a sus estatutos y carta de Fundación. El Consejo puede invertir cualquier porción de los activos si lo cree necesario. Las fundaciones de Belice pueden involucrarse en negocios, actividades comerciales, compra y venta y mantenimiento de propiedades de cualquier tipo (incluyendo propiedad tangible e intangible), demandar y ser objeto de demandas, firmar contratos y abrir cuentas bancarias.

-No puede involucrarse en negocios en Belice con la excepción de que los negocios sean necesarios para llevar a cabo el propósito de la Fundación.

-Una Fundación debe estar registrada legalmente y recibirá un certificado de establecimiento. No obstante, no se requiere la presentación de la carta de la Fundación y los detalles proveídos al registro no se comparten con personas que no estén relacionadas directamente con la Fundación (excepto funcionarios de la corte). El registro debe renovarse anualmente.

-Una Fundación y cualquier transferencia de activos a la misma es irrevocable. Sin embargo, la estructura puede ser disuelta por el Consejo bajo ciertas circunstancias, incluyendo el vencimiento de su término o bajo el requerimiento escrito del fundador y todos los beneficiarios vigentes. La carta de la Fundación también puede ser cambiada con el consenso unánime del Consejo.

-Una Fundación será válida incluso si el fundador retiene o adquiere un interés o beneficio de la Fundación, o si es un beneficiario de la Fundación. Pero el fundador no puede dirigir el Consejo ni controlar el dinero de la misma. De la misma manera, no tiene poder para disolver la Fundación o editar su carta, ya que estos poderes son competencia del Consejo.

-La legislación de Belice contiene una cláusula anti alienación prohibiendo cualquier restricción o control sobre los intereses de la Fundación o sus activos por parte de un fundador o beneficiario, por medio de:

-Anticipación de ingresos,

-Ejecución de ley extranjera,

-Reclamos o acreedores de los fundadores o beneficiarios, o

-Cónyuge de un fundador o beneficiario.

-Sin embargo, cualquier beneficiario de una Fundación puede hacerse cargo de la administración de acuerdo con los estatutos y los términos estipulados bajo la legislación beliceña. Un beneficiario también puede renunciar a sus intereses haya recibido beneficios previamente o no.

-Una Fundación debe tener un Consejo:

-Debe tener al menos un miembro.

-Los miembros pueden ser personas jurídicas o naturales.

-Al menos un miembro del Consejo debe ser residente en Belice.

-Los miembros no pueden ser beneficiarios de la Fundación.

-Una Fundación debe tener un secretario quien debe ser residente permanente en Belice, debe ser una persona autorizada y puede ser el agente de registro de la Fundación.

-Las fundaciones extranjeras pueden mudarse a Belice y continuar operando bajo la ley beliceña. De la misma manera, una Fundación de Belice puede transferirse a otra jurisdicción.

Características Principales

-Pueden ser establecidas por cualquier periodo o indefinidamente.

-Pueden tener uno o más fundadores y uno o más beneficiarios. Cualquiera de ellos o todos ellos pueden ser personas naturales o jurídicas.

-La legislación extranjera no se tiene en cuenta cuando se trata de la validez de la Fundación y la contribución de la propiedad a una Fundación beliceña legalmente establecida. Esto provee protección de activos contra acreedores que puedan querer reclamar los activos de la Fundación, siempre y cuando estos hayan sido transferidos sin la intención de cometer fraude. Bajo la ley beliceña, las fundaciones y fideicomisos cuentan con una sólida protección contra procesos judiciales.

-La ley provee seguridad sustancial si se realiza una demanda en contra de la Fundación. El objetivo es desalentar demandas frívolas.

-Los veredictos de cortes extranjeras no tienen validez ante el Consejo excepto que tengan una orden específica de las Cortes beliceñas. 

-Una Fundación está exenta de todas las formas de tributación en Belice sobre los activos que se originan fuera del país. También está exenta de impuestos sobre el sellado por cualquier activo no beliceño. También está exenta de regulaciones de divisas y cepos cambiarios.

-De acuerdo a la ley, una Fundación debe mantener los “registros que el Consejo considere necesarios para reflejar la posición financiera de la Fundación”. 

-Una Fundación creada con propósitos caritativos y no caritativos califica como una Fundación caritativa, incluso si los propósitos no caritativos son los propósitos primordiales de la Fundación o si la mayoría de las distribuciones se hacen a beneficiarios no caritativos.

-La carta de la Fundación puede estipular un protector que puede tener distintas potestades, derechos, deberes y responsabilidades con respecto a la Fundación. El protector no puede ser miembro del Consejo.

¿Qué Podemos Hacer por Usted?

El régimen de Fundaciones Internacionales de Belice busca proveer una legislación robusta y sencilla que combine la agilidad con una protección sólida. Viniendo de una jurisdicción de derecho anglosajón, el acta imita las fundaciones de derecho continental sin complicaciones innecesarias. La Fundación beliceña es, de alguna manera, un híbrido entre un fideicomiso y una IBC. 

Por lo tanto, La Fundación beliceña es uno de los vehículos preferidos para la protección de activos beneficiando a inversionistas provenientes del derecho anglosajón y el derecho continental. 

Como siempre, podemos ofrecerle excelentes servicios. Trabajamos con los mejores expertos en protección de activos de Belice, que pueden ayudarle a establecer su Fundación rápidamente y sin problemas.

Ofrecemos los servicios principales en lo que respecta a su Fundación, desde redactar la carta y registrar la estructura, hasta ejercer como secretario o miembro local de la Junta. Nuestros expertos también pueden ofrecer asesoría tributaria y de protección de activos. Contáctenos ahora y acceda a todos estos beneficios.

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