
Retirarse en Panamá es mucho más simple de lo que usted piensa
Luego de haber trabajado arduamente durante toda su vida, es más que comprensible que quiera pasar su retiro en un lugar que le brinde la oportunidad de por fin descansar y disfrutar de los frutos de su esfuerzo.
¿Cuál país le puede ofrecer esto? ¡Panamá! De hecho, más que ser un territorio en el que puede tumbarse a la orilla de la playa cuando lo desee, también facilita la obtención de residencia para jubilados o pensionados.
La visa de pensionados permite que las personas que tengan un ingreso garantizado de por vida de al menos 1.000 USD por mes se conviertan en residentes permanentes del país. En caso de que el solicitante no tenga una pensión de 1.000 USD pero sí más de 750 USD, puede adquirir una propiedad de al menos 100.000 USD e igualmente obtener el estatus de residente permanente.
Por supuesto, es fundamental demostrar que se cuenta con dicho ingreso mensual a través de cartas o certificaciones realizadas por la empresa o institución encargada de realizar los pagos. No es obligatorio que sea un ente público: recibir una pensión de una empresa privada también es válido.
Además, hay dos grandes ventajas: exención de impuestos en la importación de artículos de uso doméstico por hasta 10.000 USD (una sola vez) y exención de impuestos en la importación o compra de un automóvil (cada dos años).

¿Cuáles son los beneficios de establecer una fundación panameña?
En este portal hemos hablado en otras ocasiones sobre los fideicomisos, sus usos y ventajas, y sobre las corporaciones, además de recomendarle una de nuestras jurisdicciones favoritas para ello. Sin embargo, hay otro dispositivo que se encuentra justo en el medio de estas dos estructuras, con aún más beneficios.
¿De qué estamos hablando? ¡Una fundación privada! Esta herramienta destaca sobre las demás puesto que no representa a una persona o grupo de personas –como suele ocurrir en otras sociedades o asociaciones–, sino que es una entidad jurídica que no cuenta con propietarios. Su finalidad es beneficiar a un grupo específico de personas.
En Panamá, esta es conocida como una Fundación Privada Panameña (PIF) y se rige según lo establecido en la ley No. 25 de 1995. Puede ser creada por una persona natural o una corporación. ¿Con cuál finalidad? ¿Cuáles ventajas otorga? ¡Se lo explicaremos a continuación!

Establezca una empresa en Santa Lucía y obtenga la ciudadanía
Desde 2015, Santa Lucía ha pasado a formar parte de los ya muy conocidos programas de ciudadanía por inversión.
Aunque en un principio se exigía realizar una declaración jurada de patrimonio de mínimo 3.000.000 USD, en el 2017 se publicó una enmienda que –por suerte– eliminaba este requisito.
Dicha enmienda también permite que el juramento de lealtad (el cual se debe realizar al recibir la ciudadanía) se tome ante un abogado, notario o funcionario consultar de Santa Lucía, descartando la necesidad de viajar hasta el país para cumplir con ello.
Por
lo tanto, hoy en día usted puede convertirse en ciudadano de Santa
Lucía sin tener que ir hasta el país mediante una donación al Fondo
Nacional de Desarrollo, compra de una propiedad de bienes raíces,
adquisición de bonos gubernamentales o estableciendo un proyecto
empresarial. Esta última opción es la que estudiaremos el día de hoy.

¿Cuáles son los beneficios de establecer una fundación panameña?
En este portal hemos hablado en otras ocasiones sobre los fideicomisos, sus usos y ventajas, y sobre las corporaciones, además de recomendarle una de nuestras jurisdicciones favoritas para ello. Sin embargo, hay otro dispositivo que se encuentra justo en el medio de estas dos estructuras, con aún más beneficios.
¿De qué estamos hablando? ¡Una fundación privada! Esta herramienta destaca sobre las demás puesto que no representa a una persona o grupo de personas –como suele ocurrir en otras sociedades o asociaciones–, sino que es una entidad jurídica que no cuenta con propietarios. Su finalidad es beneficiar a un grupo específico de personas.
En
Panamá, esta es conocida como una Fundación Privada Panameña (PIF) y se
rige según lo establecido en la ley No. 25 de 1995. Puede ser creada
por una persona natural o una corporación. ¿Con cuál finalidad? ¿Cuáles
ventajas otorga? ¡Se lo explicaremos a continuación!

Formación de empresas: onshore vs. offshore
Como
fundador que está buscando establecer su nuevo negocio, las opciones a
su disposición son virtualmente ilimitadas. Evidentemente, tomar estas
decisiones es algo importante, sin embargo, hay muchas maneras de hacer
las cosas que pueden tener un resultado desalentador.
Tenemos muy en cuenta lo anterior, en
consecuencia, el propósito de este artículo es esclarecer un poco más
algo de lo que no hablamos lo suficiente: negocios onshore vs. offshore,
sus características, conceptos erróneos y diferencias. ¿Listo para
empezar?
¡Iniciemos!
Comencemos
por lo más básico. En su definición más simple, una compañía offshore
es una entidad corporativa establecida en el extranjero. En otras
palabras, una empresa que está ubicada geográficamente en otro lugar que
no sea su país de origen. Pero no es sólo eso.
Los paraísos fiscales son típicamente
descritos como islas exóticas del Caribe, pero también muchas
jurisdicciones onshore tienen regiones especiales con diferentes
políticas económicas como los Centros Financieros Offshore (OFC, por sus
siglas en inglés), por ejemplo, Luxemburgo, Holanda o Suiza. Para
simplificar, conciba las compañías offshore como tener una entidad legal
en otro lugar distinto al de su ciudadanía de origen, con diferentes
normas económicas y políticas.

Obtenga una residencia fiscal en Panamá y disminuya sus impuestos
Una residencia fiscal no es más que una noción que permite identificar a las personas que se encuentran bajo la potestad tributaria de un territorio. Si bien es común que la residencia fiscal de la mayoría de las personas coincida con la de su país de nacimiento y residencia, también es posible obtener más de una.
De hecho, una persona puede convertirse en residente fiscal de varios países de manera simultánea, esto se debe a que las naciones tienen interés por atraer a la mayor cantidad de residentes para conseguir más capital.
¿Es posible prescindir de una residencia fiscal? Normas como la CRS (Common Reporting Standards) y la FATCA (Foreign Account Tax Compliance Act) exigen que los empresarios y contratistas mundiales cuenten con al menos una residencia fiscal que sea auténtica y válida legalmente.
Al existir tantas opciones disponibles en el mundo, puede ser un poco abrumador encontrar la jurisdicción ideal, pero en Mundo Offshore le recomendamos una de las mejores: Panamá. En este artículo le explicaremos por qué.

IBC: Panamá vs Belice
La cuestión ya no consiste en si usted quiere crear o no una corporación de negocios internacionales (tipo de empresa conocida por sus siglas en inglés, IBC). Actualmente, el foco se encuentra en dónde usted desea constituir su empresa. Con tanta cantidad de jurisdicciones offshore disponibles, ¿cómo usted se tomará su decisión? Un abordaje es observar minuciosamente el proceso de constitución y registro que se emplea en los distintos países.
Tanto Belice como Panamá son dos posibilidades que definitivamente vale la pena considerar. Aquí hay algunos detalles extraídos de la comparación entre las dos naciones sobre sus procesos de constitución.
Antes
de comenzar a describir las similitudes y las diferencias, es
importante entender qué es una IBC. Alternativamente denominada como
corporaciones de negocios internacionales, la IBC es una sociedad
offshore. Offshore implica que la empresa está creada y registrada en
un país distinto del cual se encuentra la actividad principal.

Incorpórese a la corporación extraterritorial
No hay nada más cómodo que poder establecer nuestras reglas y guiarnos por ellas, en lugar de encontrarnos bajo las condiciones de otras personas. En términos fiscales y económicos, es muy difícil hallar una situación en la que usted pueda dictar las regulaciones y pautas para su organización, pero no del todo imposible.
No se trata de incumplir las leyes, se trata de encontrar maneras creativas de beneficiar tanto su estatus económico como su futuro y el de sus seres queridos. Una manera de lograr esto es a través de la asociación a corporaciones extraterritoriales (también conocida como offshore), la cual cuenta con varias ventajas que le permitirán mayor flexibilidad que su país de origen.
Si bien el término offshore
por sí solo ya no existe –las regulaciones cada vez aumentan más– sí es
cierto que existen jurisdicciones más beneficiosas que otras. ¿Y cómo
gozar de estas ventajas? Usted puede establecer una compañía en centros
financieros fuera de su país de residencia; por lo tanto, la
jurisdicción diferirá de la de todos los miembros involucrados. A
continuación, hablaremos sobre las opciones ideales para formar su
propia corporación fuera de su territorio.

LLC junto a fideicomiso, oferta única de Mundo Offshore
¿Le preocupa cómo proteger sus activos, pero no tiene tiempo de involucrarse en nuevos procesos? ¡No se preocupe! En Mundo Offshore podemos encargarnos de fusionar dos dispositivos legales para asegurar la protección de su capital al mismo tiempo que este va creciendo y sin infringir ninguna ley.
Se trata de la creación de una sociedad LLC en Estados Unidos –con cuenta bancaria incluida– respaldada por un fideicomiso en San Cristóbal y Nieves. Usted puede obtener ambos al optar por nuestro paquete Platinum, una oferta única en el mercado. Dicho paquete, además, incluye asistencia por parte de nuestro equipo de expertos en las transacciones bancarias, contabilidad y cumplimiento de impuestos durante el primer año.
Deje
el trabajo en manos de profesionales, de esta manera se asegurará de
que todo se cumpla a cabalidad, sin percances y sin el riesgo de ser
sancionado por quebrantar las normas (cualquier multa por una falla en
estos temas significa unos cuantos miles de dólares).

Para qué sirve un accionista nominal
Un accionista nominal es un propietario registrado que mantiene acciones en nombre del propietario real (UBO o propietario beneficiario real) en virtud de un acuerdo de custodia, también llamado propietario nominal.
Un propietario beneficiario es el propietario legal de las acciones adquiridas de una sociedad de responsabilidad limitada. El propietario beneficiario (UBO) tiene la opción de permanecer en el anonimato, y es ahí donde entra en juego el nombramiento de una persona para ser accionista nominal.
El propietario beneficiario recibe los ingresos o dividendos de las acciones. Sin embargo, es el accionista nominal quien aparece en el certificado de acciones y en la documentación oficial y los registros públicos de la compañía.
El
accionista nominal no es propietario de las acciones ni se beneficia de
ellas de ninguna manera. Tampoco tienen ningún derecho sobre las
acciones y deben firmar una declaración de fideicomiso que declare que
no se beneficiarán y que no tienen ningún derecho legal sobre las
mismas, protegiendo así los activos del propietario beneficiario.
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